[ ELEGIBILIDAD ]
ELEGIBILIDADQUIÉN PUEDE INSCRIBIRSE
Sepa quién tiene derecho a los beneficios de BCU y prepárese para hacer sus elecciones.
¿QUIÉN CALIFICA PARA LA CUBIERTA?
Usted y los siguientes miembros de su familia tienen derecho a los beneficios de BCU que figuran en esta guía si su jornada laboral es de 20 horas semanales o más*:
- Su cónyuge
- Su pareja domestica del mismo sexo o del sexo opuesto
- Sus hijos, incluyendo a los hijos de su pareja de hecho, menores de 26 años, tienen derecho a una cubierta de seguro médico, dental, de vida complementario y de muerte accidental y desmembramiento.
Durante la inscripción, recuerde revisar los nombres y números de seguro social de sus dependientes para confirmar que son correctos.
*Los beneficios por accidente en viaje de negocios y por incapacidad a corto y largo plazo solo están disponibles para usted, no para los miembros de su familia.
¿QUÉ OCURRE SI NO SE INSCRIBE?
Si usted no toma acción entre noviembre 4 al 15 de 2024, sus elecciones actuales pasaran al 2025.
Si usted es un empleado nuevo, debe tomar acción dentro de los 30 días de su fecha de contratación. Si no toma ninguna acción, recibirá los beneficios básicos proporcionadas por la empresa para 2025 en el nivel de cubierta solo para el empleado: seguro de vida básico, seguro de accidentes en viaje de negocios, seguro de incapacidad a corto plazo básico. Tenga en cuenta que no podrá volver a hacer elecciones o modificarlas hasta la siguiente ventana de inscripción anual, a menos que experimente un evento de vida calificado.
¿CUÁNDO EMPIEZA LA CUBIERTA?
Generalmente, el plan es efectivo durante el año calendario que cubre del 1 de enero al 31 de diciembre.
Inscripción de nuevos empleados: Sus beneficios comienzan en la fecha de contratación o en la fecha en que pase a ser elegible para los beneficios. Debe inscribirse en un plazo de 31 días a partir de la fecha de contratación.
Asegúrese de facilitar a sus proveedores de servicios médicos, medicamentos recetados, dentales y de visión los datos de su nuevo plan para su nueva cubierta.
¿CUÁNDO PUEDO HACER CAMBIOS?
Una vez que se inscribe, la mayoría de sus opciones permanecen fijas hasta el final del año natural. Solo puede hacer cambios durante el año del plan (del 1 de enero al 31 de diciembre) si experimenta un evento de vida calificado. Se trata de un evento ocurrido durante el año que afecta a la cubierta de prestaciones para usted o sus dependientes, como por ejemplo:
- Matrimonio o divorcio
- Nacimiento o adopción (o colocación de un niño)
- Ganancia o pérdida de la cubierta de su cónyuge o hijo/a dependiente
- Fallecimiento de un dependiente
Dispone de 31 días a partir de la fecha del evento (o de 60 días en caso de nacimiento o adopción) para comunicarlo a BCU Benefits. Si no comunica el evento de vida calificado en el plazo de 31 días, no podrá realizar ningún cambio en las elecciones hasta el siguiente periodo de inscripción anual (a menos que experimente otro evento de vida calificado).